Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19
La Comisión establece en esta Comunicación medidas temporales adicionales de ayuda estatal que considera compatibles con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE, que pueden aprobarse muy rápidamente tras la notificación por parte del Estado miembro de que se trate. Además, la notificación de planteamientos alternativos, tanto regímenes de ayuda como medidas individuales, sigue siendo posible.
El objetivo de la presente Comunicación es establecer un marco que permita a los Estados miembros hacer frente a las dificultades que están encontrando las empresas, al tiempo que mantienen la integridad del mercado interior de la UE y garantizan la igualdad de condiciones.
Puedes descargarte el documento desarrollado por la Comisión Europea sobre las medidas adoptadas en el adjunto de esta publicación





